Responsabilidad Civil Obligatoria

Cubre los daños materiales y de lesiones producidos por hechos derivados de la circulación del vehículo asegurado, dentro de los límites establecidos por la ley.

Responsabilidad Civil Suplementaria

Cubre el exceso exigible al asegurado por encima del límite del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria.

Rotura de Lunas

Cubre todas las lunas básicas que tenga el vehículo asegurado.

Robo

Robo del vehículo o daños producidos por intento de robo y los daños que se produzcan en el vehículo durante el tiempo que, como consecuencia de la sustracción, se halle en poder de terceros. También se cubre la sustracción de piezas que constituyen partes fijas del vehículo (100 por 100 valor venal).

Incendio

Cubre los daños producidos por el incendio cuando éste se origine por caso fortuito, por malquerencia de extraños, por negligencia propia o de las personas de quienes se responde civilmente.

Pérdida Total del Vehículo

Cuando el importe estimado de la reparación del vehículo siniestrado exceda del 100 por 100 de los valores nuevo, adquisición o venal.

Defensa jurídica

Cobertura en la que nos hacemos cargo de los gastos del asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento civil, penal, administrativo o de otra naturaleza, derivado de un accidente de circulación sufrido por el vehículo reseñado en las Condiciones Particulares y a prestarle los servicios de defensa jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura de la Responsabilidad Civil contratada.

Reclamación de daños

Cobertura que garantiza la reclamación al tercero responsable, amistosa o judicialmente, en nombre de la persona o personas designadas en las Condiciones Particulares.

Defensa jurídica de multas

Garantizamos los gastos originados por descargos de denuncias y recursos administrativos contra sanciones dimanantes de infracciones de la Ley sobre Tráfico, que puedan llevar aparejadas sanciones económicas o privación del permiso de conducir. El pago de la sanción definitiva será en todo caso a cargo del que resulte sancionado.

Seguro del conductor

Cobertura que garantiza el pago de las indemnizaciones previstas en la Condiciones Particulares de la Póliza, cuando el conductor del vehículo sufra un accidente al conducirlo, subir o apearse del mismo.

Asistencia en viaje

Esta garantía cubre tanto riesgos a vehículos (en España desde el domicilio del asegurado desde km. 0 y en el resto de Europa y en los países limítrofes del Mar Mediterraneo) y riesgos a personas con o sin vehículo (En España fuera de un radio de 30 Km del domicilio habitual del Asegurado, (15km. En las Islas Canarias y Baleares) y en el resto del Mundo).